La planificación de un enlace matrimonial es hermoso, todo es emoción, ilusión y alegría. Pero, muchos contrayentes desconocen qué es el matrimonio y cuáles serán sus obligaciones dentro de dicha relación.
A continuación te explico las consecuencias jurídicas de contraer matrimonio.
Primero, el matrimonio es un contrato civil, celebrado entre dos personas. Una vez contraes matrimonio la ley te impone deberes y obligaciones respecto a tu cónyuge y a la familia que conformas.
Los deberes que tienes respecto a tu cónyuge son los siguientes:
Entre los cónyuges, la ley establece la obligación de vivir juntos, guardarse respeto y fidelidad, protegerse, socorrerse mutuamente en proporción a sus respectivas capacidades personales y económicas.
1. El deber de vivir juntos:
Deber principal del matrimonio, incluye las relaciones personales que se desarrollan entre los cónyuges y el establecer un hogar de acuerdo a las condiciones sociales y económicas de ese matrimonio.
2. Guardarse respeto y fidelidad:
Con esto la ley prohíbe el trato violento, abusivo e irrespetuoso dentro del seno del hogar, ya que en la medida en que tengamos matrimonios saludables, tendremos hogares saludables.
Por otro lado, guardarse fidelidad es esencial para la institución matrimonial, a parte que aquí vemos como la ley integra premisas de la moral para establecer el orden en la sociedad.
3. Protegerse y socorrerse mutuamente, de acuerdo a la capacidad personal y económica.
Los cónyuges están obligados a dirigir en común acuerdo la familia y fortalecer los vínculos de afecto, respeto y solidaridad que unen a sus miembros.
Deben actuar en interés de la familia y mantenerse informados del estado de los asuntos que puedan afectar el bienestar de la familia.
4. Dirigir en común acuerdo la familia y establecer vínculos de respeto y solidaridad en todos los miembros de la familia.
Todos estas son obligaciones morales dentro del seno del hogar. No obstante, al casarte, también tienes obligaciones respecto a la economía familiar. Por ejemplo, si te casas sin Capitulaciones Matrimoniales, la ley te impone el regimen de Sociedad Legal de Gananciales, en la cual cada bien y deuda adquirido pertenece por mitad a cada cónyuge.
Otra de las obligaciones que vas a tener si te casas sin Capitulaciones Matrimoniales, es respecto a los alimentos de los hijos de tu cónyuge. En arroz y habichuelas, si tu esposo o esposa tiene hijos y paga pension por ellos, pueden traerte a ti al pleito de alimentos para sumar tu sueldo a los ingresos y así establecer una pension alimentaria.
También podrías estar obligado a prestarle alimentos a tu cónyuge. Sí, podrías estar obligado a pagarle una pensión a tu esposo en aquellos casos en que se divorcien y el esposo no tenga los medios suficientes para sus subsistencia.
Por último, al contraer matrimonio te conviertes en heredero forzoso de tu esposo, lo que quiere decir que aunque hagas Capitulaciones Matrimoniales, si tu esposo fallece, vas a heredar y nadie puede privarte de tu derecho de herencia. La única persona que podría privarte de ese derecho es tu esposo, pero solo puede hacerlo por las causas que indica la ley para la desheredación.
¿Sabías las consecuencias de casarte? ¿Te pareció útil esta información? Déjame saber en los comentarios. Recuerda que este contenido lo puedes adquirir GRATIS, en mi canal de YouTube y en formato Podcast en Spotify y Apple Podcast.
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